Para la compra de armas es necesario estar en posesión de la Licencia de Armas correspondiente al tipo de armas a adquirir. Se requiere un mínimo de vigencia de 1 mes. Para cualquier duda se recomienda consultar el BOE-A-1993-6202 de 5 de marzo de 1993 con el reglamento de armas RD137/1993.